Nueva Normativa de Certificación de Idiomas en Cantabria: Guía Completa de la Orden EDU/2/2026

Nueva Normativa de Certificación de Idiomas en Cantabria: Guía Completa de la Orden EDU/2/2026

La Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades ha publicado el jueves 19 de febrero de 2026 en el Boletín Oficial de Cantabria la Orden EDU/2/2026, una actualización legislativa de gran impacto que modifica la regulación de las pruebas de certificación de idiomas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Esta reforma busca adaptar el marco normativo al avance en la competencia lingüística del alumnado, especialmente en los programas bilingües y plurilingües.

De esta forma, Cantabria se convierte en pionera en ofrecer certificación de idiomas gratuita para alumnos de todas las etapas educativas.

¿Qué es la Orden EDU/2/2026 y por qué es importante?

Esta nueva orden modifica normativas previas (Orden EFT/2/2019 y Orden ECD/113/2015) para ampliar el acceso a las certificaciones oficiales de las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI).

La ley ahora reconoce que muchos alumnos alcanzan niveles superiores al B1 antes de finalizar sus estudios obligatorios y postobligatorios, permitiéndoles certificar niveles Avanzados (C1 y C2) bajo ciertas condiciones.

Destinatarios de la Evaluación de Certificación

La normativa establece tres grandes grupos de personas que pueden acceder a estas pruebas:

  1. Alumnado de Modalidad Oficial: Aquellos matriculados en niveles A2, B1, B2, C1 y C2 en las EOI.
  2. Candidatos de Modalidad Libre: Personas que cumplan el requisito de edad y se matriculen sin necesidad de poseer certificados de niveles inferiores.
  3. Alumnado de Programas Bilingües y Plurilingües: Estudiantes de ESO, Bachillerato y Formación Profesional (FP) en centros sostenidos con fondos públicos.

Calendario de Implantación y Niveles por Etapa Educativa

La implementación de estas mejoras se realizará de forma progresiva, diferenciando el curso actual de los venideros.

Fase 1: Curso 2025-2026 (Transición)

Durante este curso, el alumnado de programas bilingües/plurilingües podrá presentarse a los siguientes niveles:

  • 4º de ESO: Niveles Intermedio B1 o B2.
  • 2º de Bachillerato: Nivel Intermedio B2.
  • Grado Medio de FP: Nivel Intermedio B1.
  • Grado Superior de FP: Nivel Intermedio B2.

Fase 2: A partir del curso 2026-2027 (Acceso a Niveles Avanzados)

Se abre la posibilidad de acceder a niveles C1 y C2 para todos los niveles educativos mencionados (ESO, Bachillerato y FP), siempre que el alumno ya disponga de una certificación previa del nivel inmediatamente inferior (B1 o B2, según el caso) al momento de la inscripción.

Procedimiento de Inscripción para Alumnos Bilingües

Es fundamental destacar que el alumnado de programas bilingües se inscribirá a través de su propio centro educativo. A efectos administrativos:

  • Para los niveles B1 y B2, el trámite se considera una matrícula completa.
  • Para los niveles C1 y C2, el procedimiento tiene la consideración de matrícula únicamente a efectos de realización de la prueba.

Nota importante: El alumnado que se inscriba y no se presente a las pruebas perderá su derecho a futuras convocatorias dentro del marco del programa bilingüe.

Adaptación para Alumnos con Necesidades Especiales (NEAE)

La Orden EDU/2/2026 refuerza la atención a la diversidad. El diseño y la evaluación de las pruebas deben basarse en la igualdad de oportunidades y la no discriminación.

  • El Equipo EPORE (Equipo Específico de orientación a las enseñanzas postobligatorias y de régimen especial) será el encargado de determinar las medidas de acceso y coordinar las actuaciones con las Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • El alumnado deberá solicitar las adaptaciones necesarias en el momento de formalizar su matrícula.

Garantías y Reclamaciones

El profesorado que participe en la elaboración o administración de las pruebas no podrá inscribirse como candidato en las mismas.

Asimismo, el procedimiento de reclamación de calificaciones se ajustará a la normativa de evaluación objetiva vigente en Cantabria (Orden EDU/7/2023).

Esta actualización normativa sitúa a Cantabria a la vanguardia de la certificación lingüística, facilitando que el esfuerzo del alumnado en programas bilingües se traduzca en títulos oficiales del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

Más información

Orden EDU/2/2026, de 16 de febrero, por la que se modifica las Órdenes EFT/2/2019, de 4 de noviembre, por la que se regula la evaluación de certificación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria y ECD/113/2015, de 16 de octubre, que regula el reconocimiento y la certificación de los niveles de idiomas del Consejo de Europa, según se definen en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, correspondientes a la Primera lengua extranjera cursada por el alumnado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.